#Legislativo | La reforma del outsourcing prohíbe tanto a las empresas como a las dependencias federales la subcontratación de personal. Tras aprobarla en lo general, los legisladores la aprobaron en lo particular la madrugada de este miércoles con 284 votos a favor, 108 en contra y 17 abstenciones.
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CDMX a 14 de abril de 2021.- La Cámara de Diputados aprobó hoy en la madrugada, en lo general y en lo particular, las reformas a distintas leyes federales para regular el outsourcing en México y prohibir la subcontratación laboral que ponga a trabajadores propios a disposición de otra empresa.
La reforma del outsourcing prohíbe tanto a las empresas como a las dependencias federales la subcontratación de personal. Tras aprobarla en lo general, los legisladores la aprobaron en lo particular la madrugada de este miércoles con 284 votos a favor, 108 en contra y 17 abstenciones.
Las modificaciones también alcanzan a la Ley Federal del Trabajo, del Seguro Social, al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al Código Fiscal y a la Ley del ISR. La reforma sólo permitirá la subcontratación cuando los servicios solicitados no formen parte del objeto social de la empresa, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público.
Con esta reforma se aprobaron cambios a los artículos 12, 13, 14, 15, 127, 1004-A, y 1004-C de la Ley Federal del Trabajo, además de que se le derogan los artículos 15-A; 15-B; 15-C, y 15-D.
Tras todas estas modificaciones, las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en el proceso de contratación de personal podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros, pero no pueden ser considerados patrones, ya que no se beneficia directamente de los servicios de los trabajadores.
La reforma establece que la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá formalizarse mediante un contrato por escrito. Además, las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Para obtener el registro, deberán acreditar que están al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La STPS deberá pronunciarse respecto de la solicitud de registro dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la misma.
El pasado 5 de abril, el gobierno federal informó que se llegó a un acuerdo con empresas para que pasen a los trabajadores bajo el esquema del outsourcing a la nómina del patrón real, así como que se logre un incremento del 156% en el monto del reparto de utilidades a los trabajadores.
A través de un comunicado se indicó que se concedió a las empresas un plazo de tres meses para lograr el cambio de los trabajadores subcontratados.
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“Adicionalmente, se llegó a un acuerdo sobre el tema de reparto de utilidades para evitar posibles distorsiones en empresas de uso intensivo de capital, creando dos modalidades para el cálculo del reparto”, se precisó.
La reforma especifica que, al patrón que no permita la inspección o vigilancia de las autoridades en sus instalaciones, deberá comparecer para proporcionar la información requerida. En caso de que no muestren los documentos solicitados, serán multados con 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir, hasta 448 mil 100 pesos.
El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
La iniciativa fue criticada por organizaciones nacionales e internacionales, como la Confederación Mundial del Empleo (WEC), que pidió este martes a los integrantes de la Cámara de Diputados que reconozcan en la ley el esquema del outsourcing, pues advirtió que, de no hacerlo, tendrá un impacto negativo en la creación de empleos.
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