Este 2019 está a días de culminar y quizás te interese saber los “puentes” y los días de descanso obligatorios marcados por la Ley Federal del Trabajo (LFT) para planear un pequeño viaje.
El 2019 está a punto de terminar, un nuevo año comenzará lleno de trabajo y de propósitos, pero si uno de ellos es viajar, conoce cuáles serán los “puentes” y los días de descanso obligatorios marcados por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Estos son los días de descanso que podrás disfrutar en el 2020:
Enero: Miércoles 1: Año Nuevo y primer día de descanso oficial de 2020
Febrero: Lunes 3 Aniversario de la Constitución Mexicana, que se conmemora el miércoles 5
Marzo: Lunes 16: El natalicio de Benito Juárez se conmemora el 21 de marzo, sin embargo, su descanso obligatorio se recorre al tercer lunes del mes para tener tres días de descanso consecutivos.
Mayo: Viernes 1, se conmemora el Día del Trabajo.
Septiembre: Miércoles 16, conmemoración por el 210 aniversario de la Independencia de México.
Noviembre: Lunes 16, será de descanso obligatorio por el 110 aniversario de la Revolución Mexicana que se conmemora el 20 de noviembre.
Diciembre: Viernes 25, Navidad y el último día de descanso obligatorio marcado por la Ley Federal del Trabajo.
Otros días de descanso en 2020 pero que no son obligatorios:
Vacaciones de Semana Santa
De acuerdo con el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) las vacaciones de Semana Santa serán del lunes 6 de abril al viernes 17 del mismo mes, por lo que regresarán a la escuela el lunes 20.
Vacaciones de verano (sólo para estudiantes)
Según el calendario de la SEP, las vacaciones de verano iniciarán del lunes 13 de julio al 31 del mismo mes, tanto alumnos como maestros tendrán un receso de actividades.
Otro día donde podrás gozar de un descanso, bueno si la empresa te lo otorga, es el lunes 2 de noviembre en el cual se celebra el Día de Muertos, sin embargo, no se trata de un asueto oficial de acuerdo con la Secretaría de Gobernación.
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