#Política | De acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios procede el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o del buen despacho de sus funciones.
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Morelia, Michoacán a 19 de abril, 2022.- Octavio Ocampo Córdova, Presidente del Partido de la Revolución Democrática (PRD), informó que la propia Presidenta municipal de Salvador Escalante, Araceli Saucedo Reyes, ha valorado la posibilidad de solicitar juicio político ante el Congreso del Estado de Michoacán, contra el Presidente Municipal de Erongarícuaro, Juan Calderón Castillejo.
“El PRD va a respaldar y apoyar todas las acciones legales que emprenda nuestra Presidenta Municipal, Araceli Saucedo; ella no está sola”, afirmó Ocampo.
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De acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios procede el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o del buen despacho de sus funciones.
Esto es cuando: 1. atenten contra las instituciones democráticas o la forma de gobierno republicano, democrático, representativo y popular de conformidad con el pacto federal; 2 Violen de manera sistemática los derechos humanos; 3 interfieran indebidamente a favor de partido político o candidato durante los procesos electorales o violenten la libertad de sufragio; 4 Impliquen usurpación de atribuciones; 5 violenten la Constitución del estado o las Leyes que de ella emanen y, 6 violenten de manera sistemática los planes, programas y presupuestos o las leyes que regulan el manejo de los recursos públicos.
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