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Foto del escritorRomán Tapia F.

Ya es un hecho, hoy lunes inicia confinamiento obligatorio en Michoacán y esto es lo que debes saber

#ÚltimaHora | 😟🚨 Entérate de las multas, sanciones y directrices que implican este confinamiento obligatorio y conoce las actividades por las que no podrán detenerte.

Ya es un hecho, hoy lunes inicia confinamiento obligatorio en Michoacán y esto es lo que debes saber

Morelia, Michoacán a 20 de abril del 2020.- Fundamentado en el artículo 4° Fracción l de la Ley de Salud del Estado de Michoacán, hace unos minutos Silvano Aureoles gobernador del estado decretó y firmó el doumento que da como inicio el confinamiento obligatorio como medida prevención para la propagación del virus SARS-Cov-2, causante del Covid-19.


Dicha iniciativa implica limitar el libre tránsito de la ciudadanía a realizar actividades que no sean consideradas esenciales; en caso de desacatar el mismo las multas económicas ascienden a los ocho mil 688 pesos, trabajo comunitario o 36 horas de arresto.


Por tanto, los habitantes del estado únicamente podrán circular por las vías de uso público para las siguientes actividades

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad;

  • Asistencia a hospitales, servicios y establecimiento sanitarios;

  • Desplazamiento al lugar de trabajo en actividades declaradas esenciales, entendiéndose por éstas, las operativas del sector salud, seguridad pública, gobernabilidad, protección civil, el sistema penitenciario, el sector farmacéutico en producción y distribución, manufactura de insumos, equipamiento médico, disposición de residuos peligrosos biológico infecciosos, así como limpieza y sanitización de unidades médicas; actividades relacionadas a la industria de los alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes, venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y carga; producción y pecuaria, agro industria y productos de limpieza;

  • Retorno al lugar de residencia habitual;

  • Asistencia y cuidado de adultos mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables;

  • Desplazamiento a unidades financieras y seguros;

  • Por situación de causa mayor o situación plenamente justificada;

  • Por cualquier actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe con discapacidad o por otra causa justificada;

  • Circulación de vehículos particulares por vías de uso público para realización de actividades esenciales, para el llenado del tanque en gasolineras;

  • En caso de cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.




Asimismo, la Secretaría de Seguridad Pública podrá acordar el cierre parcial a la circulación en carreteras por razones de seguridad pública, fluidez del tráfico o restricción de acceso a determinados vehículos, instrucciones que ya se está realizando con la instalación de los 13 filtros sanitarios en diferentes carreteras de Michoacán.


Se limitan o prohíben reuniones en la vía pública, así como reuniones de cualquier tipo, en lo general todo tipo de eventos públicos o privados que implique la agrupación de personas y en las que no se puedan aplicar las medidas sanitarias, principalmente el de sana distancia, en lo particular eventos sociales, velorios, actividades físicas grupales en gimnasios o casas y reuniones laborales o similares.



Para todas aquellas personas que transiten por la vía pública, es obligatorio el uso de cubrebocas, durante la aplicación del decreto, así como la aplicación de todas las medidas sanitarias.

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En caso de ser apercibido en la vía pública sin ser parte de los grupos sociales ya señalados como esenciales, se aplicará un aislamiento forzado para las personas que puedan estar infectadas con el virus o presenten síntomas, en uno de los 10 centros de aislamiento autorizados en el estado, así como una cuarentena a aquellas personas sanas que hubiesen estado expuestos a la enfermedad.


Mientras que, en el incumplimiento o resistencia a las órdenes de las autoridades, se sancionará con multas de 50 a 100 Unidades de Medición Actualizadas (UMAS), es decir de cuatro mil 344 pesos a ocho mil 688 pesos; en caso de no poder pagar la multa la sanción será trabajo comunitario o el arresto por no más de 36 horas.


El trabajo comunitario será en actividades vinculadas a la contingencia, como traslado de alimentos, limpieza de centro de salud y hospitales que no atiendan casos de Covid-19, elaboración de cubrebocas o cualquier otra actividad que determine la autoridad sanitaria.


Cabe recordar que de acuerdo al Reglamento de Orden y Justicia Cívica de Morelia en su artículo 9 donde se lee en sus apartados IV y V son infractores aquellos que atentan contra la salud pública. De acuerdo a la sanción establecida para las Infracciones Clase C, incluye un Arresto de 24 a 36 horas y una sanción económica de de hasta 3 mil 475.2 pesos tal como se había informado desde la semana pasada, aunque no se tiene hasta este momento una postura por el gobierno municipal.


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Y aunquen se tenía previsto el confinamiento obligatorio, pues este iba iniciar solo si se declarará la fase 3 en México ante la pandemia del Coronavirus y fuera decretado por el gobierno federal, esta último argumento es lo que ha generado gran controversia entre la ciudadanía.



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