#Congreso | El Estado podrá intervenir cuando existan casos que pongan en riesgo la vida del menor, para que se realice las transfusiones sanguíneas
Morelia, Michoacán a 26 de octubre, 2022.- Con el objetivo de salvaguardar la salud y la vida de las niñas, niños y adolescentes, la diputada Rocío Beamonte Romero propuso una iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que cuando por diagnóstico médico esté en riesgo la vida de las y los menores y se requiera realizar una transfusión sanguínea, se realice por parte del personal médico, aun cuando exista oposición de quienes tienen derecho a autorizarlo.
Al hacer uso de la tribuna para presentar la iniciativa de reforma, la diputada local integrante de la LXXV Legislatura de Michoacán, explicó que, la propuesta es que el Estado intervenga sólo en aquellos casos extremos en los que una decisión pueda tener graves consecuencias para el niño, como negarse a una transfusión que bajo criterio médico sea vital.
“El principio constitucional del interés superior de niñas, niños y adolescentes cobra especial relevancia cuando se trata de decisiones públicas y privadas que afectan la salud e integridad de este grupo vulnerable”.
Sin embargo explicó que dicho precepto constitucional puede ser vulnerado fácilmente por los propios padres o familiares cuando no tienen cuidado suficiente, son omisos o actúan de manera contraria a dicho interés superior y un claro ejemplo es cuando el menor se encuentra en urgencia médica y requiere de una transfusión sanguínea, misma que no se puede llevar a cabo debido a la negativa de quienes tienen la posibilidad legal de decidir.
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De inmediato, el automovilista bajó de su vehículo y llamó a las autoridades, quienes posteriormente descubrieron que el arma de fuego que portaba el delincuente era de juguete.
Con la iniciativa presentada por Rocío Beamonte, se busca garantizar que ante la necesidad de una transfusión sanguínea de la que depende la salud y hasta la vida de una niña, niño o adolescente, los profesionales de la salud tengan la posibilidad de realizar la transfusión sin importar la negativa de sus padres, tutores o custodios.
Si bien los padres tienen derecho a ponderar los tratamientos alternativos con acompañamiento del personal hospitalario, señaló que no se debe permitir que tomen una decisión que coloca en riesgo la vida del infante, debiendo el Estado intervenir con el objetivo de implementar el tratamiento idóneo para salvar su bienestar y vida.
Con esta reforma se propone garantizar desde la legislación que un especialista de la salud pueda realizar una transfusión sanguínea a las y los niños, y adolescentes que lo necesitan para proteger su salud y hasta su vida, sin que sus padres o tutores no estén de acuerdo.
“Resulta obvio decir que el daño en estos casos es irreversible, grave y de imposible reparación para un menor de edad que no puede valerse por sí mismo, por lo que el Código Penal para el Estado de Michoacán incluso tipifica como delito la comisión de prácticas que ponen en riesgo la salud e integridad física y emocional de un menor de edad en sus artículos 152, 178 y 154, omisión de auxilio, violencia familiar y omisión de cuidado, respectivamente”.
Dejó claro que no se trata de sancionar o castigar a padres y madres, sino que la vida y la salud de las niñas, niños y adolescentes esté protegida en casos particulares en los que la transfusión sanguínea sea inevitable.
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